Etiquetas

sábado, 28 de abril de 2012

Aborto: caso clínico y empezando a derribar mitos

Muñoz Gabriel, Ungaro Catalina y Ruiz Miranda: Caso clínico

Mujer de 25 años, consulta por fiebre y dolor en el hipogastrio.
Ella cuenta que fue a realizarse un aborto clandestino en una clínica el martes 24/04/2012.
Examen físico: Tº 40,5;  PA= 90/60; cuello posterior formado, el OCE está al pulpejo y el útero aumentado de tamaño.
Se solicita: ecografía, hemograma, hemocultivo y urocultivo y se la trata con oxitocina, ampicilina-sulbactam y gentamicina.
En la ecografía se observa imagen heterogénea compatible con restos fetales, el hemograma muestra 12.900 blancos y un hto de 36,7
Tratamiento: legrado uterino evacuador, previa extracción de los restos fetales para disminuir complicaciones.
La eco pos legrado muestra un endometrio de 6,5 mm, salió todo bien,


Ruiz Miranda: Empezando a derribar mitos y contando cosas que ya sabemos:
- Los abortos inseguros contribuyen sustancialmente a la tasa de morbimortalidad materna alrededor del mundo
- Cerca de un millón de mujeres en América Latina y el Caribe son hospitalizadas anualmente por complicaciones del aborto inseguro: aborto incompleto, hemorragias, infecciones, shock séptico, perforación de órganos y peritonitis
- Se estima que un 10-20 % de las mujeres que necesitan atención médica por abortos inseguros, no reciben una adecuada atención por: acceso inadecuado al medio correspondiente, retraso en el tratamiento, uso de métodos inapropiados de parte del personal de salud y actitudes prejuiciosas de parte de los mismos
- El aborto inseguro genera más desigualdad social porque las complicaciones y las muertes se ven más en las mujeres que no pueden pagar un aborto clandestino que sea seguro
- El aborto con misoprostol bajó la inseguridad de los abortos clandestinos
- Las leyes que restringen el acceso a un aborto legal, seguro y gratuito NO se asocian con menos abortos, AL CONTRARIO, en los paises donde se legaliza, las tasas de aborto son menores
- En Argentina, a pesar de tener una legislación de abortos no punibles, se han violentado los derechos de esas mujeres obstaculizandoles el acceso al mismo, con pedidos arbitrarios de parte del personal de salud. Esta situacion se debe principalmente a la falta de información de parte del personal de la salud sobre cómo se debe proceder y sobre la seguridad jurídica que tienen, a los prejuicios
- Este año el fallo de la corte suprema de justicia establece que cualquier mujer violada, sea demente o no, tiene derecho al aborto seguro y gratuito y que el personal de salud debe abstenerse de judicializar el acceso a los abortos no punibles previstos legalmente
- Fundamental: Que el estado garantice que no se violenten los derechos de las mujeres, que se tomen medidas para reducir la incidencia de embarazos no deseados y el acceso al aborto legal, seguro y gratuito para todas las mujeres que deseen interrumpir su embarazo. Una medida esencial de salud pública y de derechos humanos. Como dice la leyenda: "Información para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir"

http://www.guttmacher.org/pubs/journals/Sedgh-Lancet-2012-01.pdf
http://www.guttmacher.org/pubs/IB_AWW-Latin-America-ES.pdf
http://www.cuestiondederechos.org.ar/pdf/05-inaccesibilidad-al-aborto-no-punible-Mercedes-Cavallo.pdf
http://www.rimaweb.com.ar/wp-content/uploads/2012/03/falloANPcortesuprema2012.pdf

Para más información les recomiendo esta página donde saqué la mayoría de esta información:
www.despenalizacion.org.ar

actualizacion:
Estuve averiguando más, y ahora con el fallo de la corte, una mujer que fue violada solo necesita una declaración jurada para poder tener acceso a un aborto no punible. Una declaración jurada es un papel donde ella escriba: declaro bajo juramento que fui violada, lo firma y ya. Este papel tiene valor jurídico en sí mismo. El o la médica no debe pedirle denuncia policial, autorización judicial, ni retrasar el procedimiento por consultar con el comité de bioética del hospital, todas estas medidas son ilegales:
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/subnotas/190275-58347-2012-03-23.html
Les paso también la guía técnica para abortos no punibles del ministerio de salud donde también explica estas cosas, aparte de guiar el accionar médico en la práctica del aborto con métodos seguros dependiendo la semana del embarazo:http://www.msal.gov.ar/saludsexual/pdf/Guia-tecnica-web.pdf

1 comentario:

  1. Estuve averiguando más, y ahora con el fallo de la corte, una mujer que fue violada solo necesita una declaración jurada para poder tener acceso a un aborto no punible. Una declaración jurada es un papel donde ella escriba: declaro bajo juramento que fui violada, lo firma y ya. Este papel tiene valor jurídico en sí mismo. El o la médica no debe pedirle denuncia policial, autorización judicial, ni retrasar el procedimiento por consultar con el comité de bioética del hospital, todas estas medidas son ilegales:
    http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/subnotas/190275-58347-2012-03-23.html

    Les paso también la guía técnica para abortos no punibles del ministerio de salud donde también explica estas cosas, aparte de guiar el accionar médico en la práctica del aborto con métodos seguros dependiendo la semana del embarazo:
    http://www.msal.gov.ar/saludsexual/pdf/Guia-tecnica-web.pdf

    ResponderEliminar